REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Lara - sede Barquisimeto.
Barquisimeto, 10 de Abril de 2013
202º y 154º

ASUNTO: KP02-V-2013-000307
DEMANDANTE: LUIS ENRIQUE BRITO ZAPATA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.835.726, de éste domicilio.

DEMANDADA: ANA PATRICIA CORRALES LINAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.094.338, de éste domicilio.
BENEFICIARIO: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Motivo: Declaración de terminado el procedimiento de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR por aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

En fecha 05 de febrero de 2013, el ciudadano LUIS ENRIQUE BRITO ZAPATA ya identificado, presentó demanda por REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR en contra de la ciudadana ANA PATRICIA CORRALES LINAREZ; acompañó su demanda con copia certificada de la partida de nacimiento del beneficiario.
Admitida la demanda, en fecha 08 de febrero de 2013, la secretaria del Tribunal en fecha 15 de marzo de 2013, certificó la notificación de la parte demandada, y en la misma fecha, se fijó oportunidad para la audiencia de mediación.
En fecha 03 de abril de 2013, oportunidad fijada para que tuviera lugar la celebración de la audiencia de mediación entre las partes, se dejó expresa constancia de la incomparecencia al acto de las mismas y conforme lo ordena el artículo 472 eiusdem, este Tribunal necesariamente declara desistido el procedimiento.

DECISION.
Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, TERMINADO el procedimiento de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR intentado por el ciudadano LUIS ENRIQUE BRITO ZAPATA, ya identificado, en contra de la ciudadana ANA PATRICIA CORRALES LINAREZ y en consecuencia extinguida la instancia. Así se decide.
Asimismo se dispone desincorporar la presente causa del archivo ordinario y remitirlo al Archivo judicial de ésta Circunscripción Judicial.
Tómese nota y désele salida en los libros respectivos de éste Despacho. Devuélvanse los originales a la parte solicitante y expídanse las copias certificadas que la parte solicite, una vez que consigne las copias simples.
Regístrese y publíquese
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto. Barquisimeto, 10 de Abril de 2013. Año 202º y 154º.
LA JUEZ SEGUNDA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÓN




Abg. OLGA MARILYN OLIVEROS
LA SECRETARIA,

En esta misma fecha se registro bajo el Nº 976-2.013, siendo las 10:29 a.m.

LA SECRETARIA,


OMO/ Diana