ASUNTO: KP02-J-2013-001939
Partes: MARILEXIS JOSEFINA PÉREZ GIL y ADALBERTO GREGORIO SISIRUCA FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos: V-20.671.675 y V-21.298.074, respectivamente, asistidos por la Fiscal 14º del Ministerio Público del estado Lara
Beneficiario: (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de 03 años de edad.
Este Tribunal en atención a lo estipulado en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estando dentro del lapso legal establecido, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo de Régimen de Responsabilidad de Crianza (Custodia), el cual consiste en lo siguiente:

UNICO: El padre manifiesta estar de acuerdo en ceder el ejercicio de la custodia a la madre.
Téngase el presente acuerdo como sentencia firme ejecutoriada y expídase copia certificada de la misma a los interesados. Así se decide.
Regístrese y publíquese.
Dada, sellada y firmada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara con sede en Barquisimeto. A los veinticuatro (24) días del mes de abril de 2013. Años: 203º y 154º
LA JUEZ PRIMERA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION

Abg. ISABEL VICTORIA BARRERA TORRES

El SECRETARIO,

Abg. Carlos Bullones

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1045-2.013 y se publicó siendo las 12:34 p.m.
EL SECRETARIO

Abg. Carlos Bullones

IVBT/CB/Rene
KP02-J-2013-001939
24/04/2013