REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del
Estado Lara
Carora, 16 de abril de 2.013.
Año 202º y 154º


Asunto Nº KP12-J-2013-000089

Solicitante: Francisca Isabel Pérez López, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.056.533.

Abogado Asistente: Isabel Cristina Rodríguez Burgos, en su condición de Defensora Pública del área de Protección.

Motivo: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO

En fecha 11 de abril de 2.013, la ciudadana Francisca Isabel Pérez López ya identificada, actuando en representación de sus hijos (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), presentó solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, por cuanto el funcionario encargado de efectuar la partida de nacimiento incurrió en el error de no asentar su segundo apellido el cual es López. En dicha oportunidad consignó copia fotostática de su cedula de identidad y la copia certificada de las partidas de nacimiento de sus hijos.
En fecha 12 de abril de 2013, se recibió diligencia presentada por la Defensora Pública del área de Protección, abogada Isabel Cristina Rodríguez Burgos, mediante el cual desiste del presente asunto.

Esta Juzgadora para decidir observar:

Del Derecho Aplicable.
De conformidad con la norma del artículo 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, donde se establece la oportunidad, en que la parte actora puede desistir del procedimiento y por cuanto es voluntad de la solicitante, antes de la admisión del presente asunto, es innecesario continuar con esta autorización judicial y en virtud de que no se le estaría cercenando derecho alguno a los niños, debido a que esta juzgadora de la revisión exhaustiva de dicha solicitud, así como de los recaudos consignados, se pudo desprender que no existe error ni omisión, es por ello que pese a lo expuesto anteriormente y tomando en consideración el desistimiento presentado por la solicitante. Así se decide.


DECISIÒN

Por los motivos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: Desistido y terminado la presente solicitud presentada por la ciudadana Francisca Isabel Pérez López, antes identificada.

Expídanse copias certificadas por la secretaria de esta sentencia a los interesados, devuélvanse los originales y para el archivo. Asimismo, se ordena el archivo del presente asunto y su respectiva remisión al archivo judicial.

Regístrese y publíquese

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 16 de abril de 2013. Años. 202º y 153º.


LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN

Abg. LUISA CRISTINA GONZÁLEZ CAMPOS

LA SECRETARIA


Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 99 - 2.013 y se publicó siendo las 12:35 p.m.


LA SECRETARIA


Abg. YACKELIIN VILLEGAS NAVA


KP12-J-2013-000089