REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto 05, abril del 2013
Años 202º y 154º
ACTA INSTALACION AUDIENCIA PRELIMINAR
(DESISTIDA)
ASUNTO N° KP02-L-2012-1781
PARTE ACTORA: JAIME ALBERTO DURAN, ROBERTO ANTONIO SUAREZ, MIGUEL ANGEL RIOS, REGULO ALBERTO SANCHEZ, LUIS ALFREDO CASTILLO, RAFAEL DAVID ROMERO, VICTOR JULIO LEAL, PABLO ANTONIO MORAN, JOSE LUIS HERRERA, CARLOS ENRIQUE COLMENAREZ, LUIS SEGUNDO ANZOLA, WILLIAM JOSE PEREIRA y APOSTOL ANTONIO HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad N°12.701.393, 19.423.943, 14.825.888, 13.028.626, 9.609.363, 11.595.966, 2.717.886, 12.534.510, 12.024.364, 7.446.410. 7.418.512, 10.853.173 y 12.020.589
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: ATAMAICE SUHEEI PUENTE RINCON, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 117.672
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil SERENOS LOS CEDROS, C.A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 05 de ABRIL de 2013, siendo las 9:30, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar. Se deja constancia que la parte actora ciudadanos JAIME ALBERTO DURAN, ROBERTO ANTONIO SUAREZ, MIGUEL ANGEL RIOS, REGULO ALBERTO SANCHEZ, LUIS ALFREDO CASTILLO, RAFAEL DAVID ROMERO, VICTOR JULIO LEAL, PABLO ANTONIO MORAN, JOSE LUIS HERRERA, CARLOS ENRIQUE COLMENAREZ, LUIS SEGUNDO ANZOLA, WILLIAM JOSE PEREIRA y APOSTOL ANTONIO HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad N°12.701.393, 19.423.943, 14.825.888, 13.028.626, 9.609.363, 11.595.966, 2.717.886, 12.534.510, 12.024.364, 7.446.410. 7.418.512, 10.853.173 y 12.020.589 y que la parte demandada Sociedad Mercantil SERENOS LOS CEDROS, C.A, no comparecieron ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, según la información suministrada por el Alguacil ANDY SANCHEZ, encargado de anunciar la audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 202° y 154°.
LA JUEZ,
Abg. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO
LA SECRETARIA
ABOG MARLYN LORENA PRINCIPAL
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