REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuadragésimo Primero (41°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintinueve 29 de abril dos mil trece
202º y 154º

ASUNTO: AP21-S-2013-000560

Visto que en fecha 24 de abril de 2013 fue presentado escrito de transacción por la ciudadana LISBETH MARNIE VILORIA RIVERO, titular de la cedula de identidad V-13.532.502, en su carácter de parte OFERIDA debidamente asistida por el abogado JUAN HERNANDEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 124.535, por una parte, y por la otra el abogado FRANCISCO REY inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro 123.544, en su carácter de apoderado judicial de la parte OFERENTE CORPORACION DIGITEL CA ofreciendo la parte OFERENTE la cantidad de DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS ON 99/100 CENTIMOS (BS.228.262,99) suma esta que es acordada por las partes y que es pagada mediante cheque identificado con el Nro. 00903944 del Banco Provincial, a nombre de la parte oferida, del cual anexan copia; por todos y cada uno de los conceptos ampliamente detallados en el escrito presentado, manifestando estar conforme con la cantidad señalada.

En consecuencia, este Juzgado cuadragésimo Primero (41°) Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas LO HOMOLOGA dándole efecto de Cosa Juzgada, todo ello con motivo de la oferta real de pago incoada por la parte oferente CORPORACION DIGITEL CA a favor de la parte oferida la ciudadana LISBETH MARNIE VILORIA RIVERO, se da por concluido el proceso y se ordena el cierre y archivo del expediente. Así se establece.- Déjese copia de la presente decisión.



LA JUEZ

ABG. MIGDALIA MONTILLA ARELLANO
LA SECRETARIA

ABG. DIRAIMA VIRGUEZ