REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO HERES
PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLÍVAR
Ciudad Bolívar ,04 de abril de 2013
202º y 154º

RESOLUCION N°: PJ0252013000121

ASUNTO: FP02-V-2013-000284

Visto el escrito contentivo de la demanda de PARTICIÓN DE BIENES, de fecha 11-03-2013, suscrito por el ciudadano HUMBERTO JOSÉ PADILLA GÓMEZ venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad. N° V- 4.983.559, debidamente representado legalmente por el abogado en libre ejercicio Antonio Marco Trias, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 145.950. De autos se evidencia que el tribunal en fecha 20-03-2013, dictó despacho saneador a los fines que la parte interesada consignara el original de los documentos donde pretende que le sean reconocidos sus derechos, en un lapso de TRES días de despacho siguientes, requisito éste fundamental para la admisión de la pretensión. Ahora bien, precluido como ha sido, en fecha 26-03-2013 el lapso fijado y estando en la oportunidad procesal para que este juzgador emita el pronunciamiento correspondiente conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil y, visto que la parte actora no dio impulso procesal en lo que respecta a la consignación de los documentos requeridos; en consecuencia este tribunal DESESTIMA la pretensión.-
El Juez,

Abog. Orlando Torres Abache
La Secretaria Temporal,

Abog. Ana Luisa Mares