REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO HERES
PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLÍVAR
CIUDAD BOLÍVAR, 15 DE ABRIL DE 2013
202º Y 154º
RESOLUCION Nº: PJ0252013000138
ASUNTO: FP02-V-2013-0000148
Visto el escrito presentado por el abogado JOSÉ RAFAEL NATERA R., actuando como apoderado judicial de los ciudadanos CARLOS LUIS ECHEVERRIA DONMAR y OLENKA GARCÍA ÁLVAREZ, identificados en autos, parte actor en el juicio RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO incoado contra RICARDO OLLER BLANCO, identificado en autos; este tribunal, en atención a lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, del desistimiento realizado por el actor se da por consumado dicho desistimiento y, procede este Juzgado Segundo del Municipio Heres del Primer Circuito de Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a HOMOLOGAR como en efecto lo hace el desistimiento realizado por el actor, quedando como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Además se ordena dejar sin efecto la medida preventiva de secuestro decretadas por este Tribunal en fecha 18 de febrero de 2013 en cuaderno separado de medidas Nº FN02-X-2013-00008 de la presente causa. Como se pide, se acuerda devolver los instrumentos originales anexados al libelo de la demanda, previa certificación en autos. Procédase como se ha decidido.-
El Juez,
ABG. ORLANDO TORRES ABACHE
La Secretaria Temporal,
ABG. ANA LUISA MARES P.
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