REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRES ELOY BLANCO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Sanare, 28 de Septiembre del 2012
Años 202° y 153°

P A R T E S: MARIA DEL CARMEN GARCIA CONTRA JOSE PRIMITIVO BRITO.

B E N E F I C I A R I A: MARIANELLA ELIZABETH.

J U I C I O: OBLIGACION DE MANUTENCIÓN.-

M O T I V O: EXTINCION DE LA OBLIGACION DE MANUTENCIÓN.-

Revisado como fue el presente expediente, y vista la diligencia suscrita por la demandante ciudadana: MARIA DEL CARMEN GARCIA, inserta al folio 81, en la que solicita la extinción de la presente causa por concepto de Obligación de Manutención y por cuanto la beneficiaria se encuentra en estado de gravidez, siendo esta condición motivo para la emancipación de la Adolescente en referencia, este Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Lara Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con el artículo 383, ordinal b, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente DECLARA EXTINGUIDA, la Obligación de Manutención por parte del ciudadano: JOSE PRIMITIVO BRITO, en beneficio de su hija: MARIANELLA ELIZABETH GARCIA. El tribunal ordena la remisión del presente expediente al archivo judicial. Asimismo se acuerda librar oficio al Banco Bicentenario ordenando la cancelación de la Cuenta de Ahorro Nº 084-400869-5. Cúmplase.
El Juez Provisorio,


Abog, Ender A. Rojas R.
La Secretaria,


Abog, Caribay A. Goyo


Exp N° 828/01