REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción
Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco de septiembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: KP02-R-2011-000777

PARTE ACTORA: ANA CECILIA RODRÍGUEZ MORENO, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 7.303.758, de este domiciliado.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: PASTORA SEIVA, Abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 90.082.
PARTE DEMANDADA: Sucesión IVAN JORGE FAROH RICHA.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: PATRICIA VARGAS SEQUERA Y GUSTAVO ADOLOFO PEÑALVER MELENDEZ, abogados en ejercicio debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 64.449 y 62.296, respectivamente.
MOTIVO: TACHA DE DOCUMENTO

Vista la diligencia suscrita por la abogada PATRICIA VARGAS SEQUERA, co-apoderada judicial de la parte demandada, mediante la cual en virtud de que se ha llegado a una Transacción en el juicio principal signado con el Nº KP02-M-2006-000261, y en vista de que en dicha Transacción se desistió de la Tacha incidental KH02-X-2012-000006, en la cual se interpuso el presente recurso de apelación, renunciando a las costas procesales que este acto conlleva, DESISTE del recurso de apelación interpuesto; este Tribunal da por CONSUMADO dicho DESISTIMIENTO y, en consecuencia, declara FIRME Y CON AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, el 01 de junio de 2011, en el juicio de TACHA DE DOCUMENTO intentado por RODRÍGUEZ MORENO ANA CECILIA contra la Sucesión IVAN JORGE FAROH RICHA; todo lo cual así se declara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.

Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de su procedencia, a los fines legales consiguientes.

De conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta decisión para ser agregada al Libro respectivo.

Regístrese, publíquese y bájese.

El Juez Provisorio,
El Secretario,
Dr. Saúl Meléndez Meléndez
Abg. Julio Montes
Publicada en su fecha en horas de despacho y seguidamente se expidió copia certificada conforme a lo ordenado.
El Secretario,

Abg. Julio Montes