REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, dieciocho de octubre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: KP12-S-2012-000204

SOLICITANTES: LUIS RAFAEL MOSQUERA TUA y REINA DEL CARMEN MOSQUERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. 5.923.553 y 5.936.850.
ABOGADO ASISTENTE DE LOS SOLICITANTES: JUAN BERNARDO FERNANDEZ MARCHAN, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 131.218, de este domicilio.

Por cuanto se observa que han transcurrido más de Treinta (30) días desde la fecha de la admisión de la demanda sin que el demandante hubiese cumplido con la obligación que le impone la ley para la práctica de la citación por carteles a la parte demandada, a los fines de la prosecución del proceso. Este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con el artículo 267, ordinal primero en concordancia con el Artículo 269, ambos del Código de Procedimiento Civil.
Remítase en su oportunidad al archivo Judicial Regional para su guarda y cuido.
Dado, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, a los Dieciocho (18) días del mes de Octubre del año Dos Mil Doce. Años: 202º y 153º.
El Juez Provisorio,

Abg. FRANCISCO ZAMBRANO GOMEZ
La Secretaria Temp,

Abg. BEATRIZ YEPEZ.

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 109-2012 y se público siendo las Diez de la Mañana.-
La Secretaria Temporal,


Abg. BEATRIZ YÉPEZ