REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 9 de octubre de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2008-003124
Revisada exhaustivamente la presente causa, este Tribunal de Control N° 8 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, emitir los siguientes pronunciamientos:

1.- La Fiscalía 1º del Ministerio Público, solicita el sobreseimiento de la causa seguida a favor del ciudadano Richard Alexis Torres, por la presunta comisión del delito de Violencia, física, Psicológica y amenaza Contra la Mujer, previsto y sancionado en los Artículos 39, 41 y 42 de la Ley orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

2.- Por cuanto el presunto imputado es un caballero y la víctima una dama de nombre Kimberleyn Jenireck Mendoza Mendoza, en atención a lo previsto en el Artículo 81 de la ley especial que rige la materia, el conocimiento de la presente causa corresponde a los Tribunales Especiales previstos en la Ley orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

3.- En consecuencia de lo anteriormente expresado, este Tribunal de Control N° 8, se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente causa y por lo tanto, se DECLINA la Competencia en el Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Control, Audiencia y Medidas para conocer de los procedimientos establecidos en la Ley orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Se ordena remitir el presente Asunto a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos a fin de que sea distribuido. Se ordena librar los oficios correspondientes y las boletas de notificación a que haya lugar. Cúmplase.

La Juez Temporal de Control 08

Abg. GREGORIA SURAREZ ALBUJAS
Secretaria