REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara con sede en Barquisimeto
Barquisimeto, veintitrés de octubre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: KP02-J-2012-004396

SOLICITANTE: FANNY MARISOL RODRIGUEZ DE SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.363.597.

BENEFICIARIAS: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANIGA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE.

MOTIVO: AUTORIZACION JUDICIAL (ENTREGA DE DINERO).

En fecha 16 de Octubre de 2.012, la ciudadana FANNY MARISOL RODRIGUEZ DE SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.363.597, actuando en representación de sus hijas IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANIGA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, presentó escrito solicitando autorización para retirar de la cuenta de ahorro del Banco Bicentenario la cantidad de ONCE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UN BOLIVARES CON DIECISEIS CENTIMOS (Bs. 11.861,16), para cancelar los gastos correspondientes al pago de la Universidad, compra de una computadora, libros, así como la cancelación del paquete de graduación de la Agencia de Modelos GM, en beneficio de sus hijas beneficiarias up supra señaladas, presentando para ello original del presupuesto del pago de las matrículas de la Universidad Yacambú, así como de la computadora, expedido por la Empresa Mercantil SONIMAX C. A. Del mismo modo, consigna presupuesto de útiles escolares, expedido por Librería Vogue C. A., y copia fotostática del Paquete de Grado, emanado la Agencia de Modelos GM, todos obrantes a los folios quince al diecinueve (F. 15 al 19).
Este Tribunal luego de revisar los recaudos presentados por la solicitante acuerda la entrega de la cantidad de CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA BOLIVARES CON CINCUENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 5.930,58), correspondiente al cincuenta por ciento (50%) de la totalidad de los gastos señalados, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 53 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes; el dinero que tiene resguardado esta Juzgadora en la entidad Bancaria BICENTENARIO BANCO UNIVERSAL, a fin de cubrir las necesidades de las beneficiarias IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANIGA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES. En consecuencia, remítase al Departamento de Contabilidad adscrito a este Circuito Judicial a los fines legales consiguientes.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En Barquisimeto, a los veintitrés (23) días del mes de Octubre de dos mil doce (2.012).

La Juez Tercera de Mediación y Sustanciación,

Abg. Lisbeth Leal Agüero La Secretaria,

Abg. Sailin Rodríguez

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 2563-2012 y se publicó siendo las 10:30 a. m.
La Secretaria,

Abg. Sailin Rodríguez
LLA/SR/Daglys.-