ASUNTO: FP02-J-2012-001050
RESOLUCION Nº PJ0822012000668


SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

Vista la solicitud de homologación de acuerdo por REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR y OBLIGACION DE MANUTENCION, de fecha 26-09-2012, suscrita por los ciudadanos: JOSE DEMETRIO HERNANDEZ GOITE y MARIA DEL VALLE ACOSTA ABOULEZZ, identificados en autos, debidamente asistidos por la Dra. ANARGENIS CAMPOS FERNANDEZ, Fiscal Séptimo (E) del Ministerio Publico en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cuyo escrito cursa en autos a los folios 02 y 03, este Juzgado Primero de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen los artículos 375 y 387 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC, en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-----------------------------------

El Juez de Mediación Nº 01

Abg. Bernabé Antonio Pérez Castaño.
El (a) Secretario (a)

En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.

El (a) Secretario (a)


BAPC/Ryna Sano.-