REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO HERES PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
CIUDAD BOLÍVAR, 23 DE OCTUBRE DE 2012
202º Y 153º

RESOLUCION N°: PJ0252012000315
ASUNTO: FP02-M-2012-000067

Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente asunto, este tribunal observa:
Que el presente procedimiento versa sobre una demanda de COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMACION incoado por RAFAEL ALBERTO PETIT TORNEL, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-5.549.467 y de este domicilio, asistido por el abogado CARLOS EDUARDO BASANTA GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 165.033 y de este domicilio.
Que verificadas las actuaciones que conforman la misma y estando en la oportunidad procesal para que este juzgador se pronuncie sobre la admisibilidad o no de la demanda, se constata en el folio que riela N° 54 diligencia de la parte demandante donde señala que el valor de la presente demanda es de CUATROCIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES BOLIVARES CON VEINTIOCHO CENTIMOS (Bs.413.333,28), lo que es igual a 4.592.5 Unidades Tributarias, y en virtud de la entrada en vigencia la resolución de fecha 02 de abril del 2009, N° 39.152, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se modificó la cuantía de los Tribunales de Municipios del territorio Nacional, en su artículo N°. 01 literal “a”, el cual a texto expreso señala:

Los Juzgados de Municipio, categoría C en el escalafón judicial, conocerán en primera instancia de los asuntos contenciosos cuya cuantía no exceda de tres mil unidades tributarias (3.000 U.T).-


Por todo lo antes expuesto, este tribunal SE DECLARA INCOMPETENTE en razón a la cuantía para conocer de la presente pretensión y declina la competencia ante los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y de Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial el Estado Bolívar, que resulte seleccionado mediante el Sistema Juris 2000. Líbrese oficio.-
El Juez provisorio,

ABG. ORLANDO TORRES ABACHE
La Secretaria,

Abog. INOCENCIA LINERO DE CARDENAS.-