REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, uno de noviembre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: KP12-M-2012-000019.-

DEMANDANTE: ENDRID JEISSON APONTE MELENDEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº 15.057.324.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: LUIS MIGUEL HERNANDEZ, abogado en ejercicio, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-16.235.298 e inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 185.871.
DEMANDADO: MANUEL JOSE CARIPA PINTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 17.018.888, con domicilio en la Calle Fortoul con Calle 10, Urbanización El Roble de la ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: HENGERBERT SIERRA, venezolano, Abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 92.277 y de este domicilio.
MOTIVO: SENTENCIA INTERLOCUTORIA POR HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO.-

Visto el convenimiento realizado en fecha 25 de Octubre del año 2.012, entre los ciudadanos ENDRID JEISSON APONTE MELENDEZ, antes identificado, representado judicialmente por el Abogado LUIS MIGUEL HERNANDEZ, debidamente inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 185.871 y el ciudadano MANUEL JOSE CARIPA PINTO, anteriormente identificado, asistido por el abogado en ejercicio HENGERBERT SIERRA, debidamente inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 92.777, este Tribunal conforme a lo dispuesto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN correspondiente por no ser contraria a derecho, teniéndose como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA. Archívese el expediente y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial Regional.
Expídase por Secretaria copia certificada de la presente Sentencia y archívese y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial Regional.
Regístrese y Publíquese

Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, al Primer (01) día del mes de Noviembre de 2.012. Años: 202° y 153°.
El Juez Provisorio,


Abog. FRANCISCO ZAMBRANO GÓMEZ.
La Secretaria Temporal,


Abog. BEATRIZ YÉPEZ.

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 112-2012, se publicó siendo las 09:00 a.m. y se expidió copia certificada para archivo.
La Secretaria Temporal,


Abog. BEATRIZ YÉPEZ