REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de noviembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: KP02-F-2011-000728

Los ciudadanos DANIEL AUGUSTO GONZALEZ BETANCOURT y MARISSEL AROCHA TOVAR venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-7.407.336 y 15.993.890 respectivamente, asistidos por la Abogada Luz Gracia Betancourt, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 67.349, presentaron escrito de SEPARACION DE CUERPOS, por mutuo consentimiento. Admitida la solicitud el diecinueve (19) de septiembre del 2011, se declaró la Separación de Cuerpos por estar fundamentada en causa legal. De dicha unión matrimonial, no procrearon hijos. Se notificó a la Fiscal del Ministerio Público el 19/09/2011. Concurren el dieciséis (16) de octubre del 2012, los ciudadanos DANIEL AUGUSTO GONZALEZ BETANCOURT y MARISSEL AROCHA TOVAR, asistidos por la Abogada Luz Gracia Betancourt, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 67.349, y solicitando la CONVERSIÓN EN DIVORCIO.------------------
UNICO: En vista de que ha transcurrido más de un año de la separación de cuerpos, y no consta en autos ningún hecho del cual pueda inferirse la reconciliación, y previa solicitud de las partes, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA la conversión en divorcio, en consecuencia declara DISUELTO el vínculo que contrajeran los cónyuges, DANIEL AUGUSTO GONZALEZ BETANCOURT y MARISSEL AROCHA TOVAR, ya identificados, por ante el Jefe Civil de la Parroquia Santa Rosa del Municipio Iribarren del Estado Lara; cuya partida fue inserta bajo el Acta N° 259, en fecha dos (02) de julio del 2009, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese despacho. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Expídanse las copias que requiera la parte interesada. REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE. Queda firme en esta misma fecha.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto a los seis (06) días del mes de noviembre de dos mil doce (2012). AÑOS: 202° y 153°.

EL JUEZ,




ABG. LUIS FERNANDO MARTINEZ AROCHA.
LA SECRETARIA,

AUDREY LORENA PINTO
LFMA/ALP/y

Seguidamente se publico siendo las: 11:52AM

La Sec.,