ASUNTO : FP02-J-2012-001141
RESOLUCION Nº PJ0822012000771
SENTENCIA INTERLOCUTORIACON FUERZA DE DEFINITIVA
Vista la solicitud de homologación de Acuerdo por OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, de fecha 10 de Octubre de 2012, suscrita por los ciudadanos COLON OLEAGA ADRIANA YAKELIN y FLORES ALFREDO JOSE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-15.969.165 y V-20.772.795 respectivamente, debidamente asistidos por la Dra. YAJAIRA GIANNASTTASIO, Fiscal Auxiliar Séptimo del Ministerio Publico del Primer Circuito de la Circunscripción del Estado Bolívar, cuyo escrito cursa en autos al folio 02, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el ACUERDO de OBLIGACION DE MANUTENCION presentado de conformidad con lo previsto en el artículo 518, de la Ley Orgánica para la Protección de Niño, Niñas y Adolescente, concordancia con el artículo 375 ejusdem y ordena procederse como Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada formal. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-
El Juez (1º) de Mediación
Dr. Bernabé Antonio Pérez Castaño
La Secretaria de Sala,
Dra. Carolina Quijada Guevara
BAPC/EleniceAbreu.Asistente
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