ASUNTO : FP02-J-2012-001125
RESOLUCION Nº PJ0822012000768
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Vista la solicitud de homologación de acuerdo por REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, de fecha 10 de Octubre de 2012, suscrita por los ciudadanos: BELLO TOVAR RAMON ANTONIO y INES MARIA HURTADO DE BELLO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-18.767.029 y V-17.164.842, debidamente asistidos por el Dr. DARWYNS JOSE GARCIA VELASQUEZ, Fiscal Auxiliar Décimo del Primer Circuito de la Circunscripción del Estado Bolívar, cuyo escrito cursa en autos al folio 05, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido acuerdo entre las partes tal como lo disponen los artículos 387 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-
EL JUEZ (1º) DE MEDIACION
DR. BERNABE ANTONIO PEREZ CASTAÑO
LA SECRETARIA DE SALA
Dra. Carolina Quijada Guevara
BAPC/EleniceAbreu.Asistente.-
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