REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 07/06/2012, se trasladó el Tribunal a fin de cumplir la Comisión en la siguiente dirección: Avda. 20 Esquina Calle 31 sede del Banco de Venezuela Barquisimeto. El Tribunal entrevista a la Gerente de Ventas con el fin de verificar Cuentas Bancarias de la Demandada de autos Grupo Múltiple 2 RJ C.A., y se suministran los datos necesarios para dicha verificación. La Gerente informa al Tribunal que de los datos suministrados se desprende que en efecto las cuentas pertenecen a la Demandada Grupo Múltiple 2 RJ C.A., presentando ambas saldo insuficiente para materializar la medida. El Apoderado de la Parte Actora le expone al Tribunal, que oída la exposición de la Gerente del Banco,....muy respetuosamente se sirva trasladarse y constituirse en la sede de la empresa demandada Grupo Múltiple 2 RJ C.A., ubicada en la Carrera 19 Esquina con la Calle 13 C.C. El Parragón, Primer Piso Local 1-1, de esta Ciudad de Barquisimeto. El Tribunal acuerda su traslado y constitución en la dirección antes indicada. Ya en la dirección señalada, el Juez Ejecutor dio los toques de Ley, pero nuevamente nadie respondió y en su interior a través de la puerta de cristal no se veía a persona alguna que pudiera atender el llamado del Tribunal así como tampoco a nadie en los pasillos a quien preguntar. La Parte Actora solicita muy respetuosamente al Juez Ejecutor se sirva regresar a su sede. El Tribunal visto lo expuesto por la parte actora, ordena regresar a su sede siendo las 10:44 p.m..