REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Barquisimeto, 24 de mayo de 2012
Años: 202° y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2006-007027
ACUMULADO: KP01-P-2006-6881
Revisada la presente causa, se observa que el penado JACKSON ROBERT DELGADO, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.059.963, fue condenado según sentencias de fechas 20/11/2009 y 27/02/2007, por los Tribunales Noveno de Primera Instancia en función de Control y Tercero de Primera Instancia en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, a cumplir las penas acumuladas de CINCO (05) AÑOS, DIEZ (10) MESES y QUINCE (15) DIAS DE PRISION, más las penas accesorias contenidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS y ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previstos en los artículos 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y el 458 en relación con el 80 del Código Penal. Verificado del auto de reforma del cómputo de la pena por revocatoria de la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Régimen Abierto, emitido en fecha 11 de abril de 2012, la pena extingue justamente el día de 27 de mayo del 2012, (27/05/2012). En virtud que el día 27/05/2012 es domingo y por cuanto el día 25/05/2012 el Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución, no dará despacho por traslado de los Jueces a curso en Caracas; se ordena librar la boleta de LIBERTAD PLENA a favor de JACKSON ROBERT DELGADO, por la presente causa, para que se haga efectiva el día 27/05/2012, y sobre la extinción de la Responsabilidad Criminal se pronunciará este tribunal por auto separado. ASI SE DECIDE.-
DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, en virtud que el día 27/05/2012 es domingo y por cuanto el día 25/05/2012, el Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución, no dará despacho por traslado de los Jueces a curso en Caracas; se ordena librar la boleta de LIBERTAD PLENA a favor de JACKSON ROBERT DELGADO, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.059.963, por la presente causa, para que se haga efectiva el día 27/05/2012, y sobre la extinción de la Responsabilidad Criminal se pronunciará este tribunal por auto separado. Se ordena librar la boleta y remitirla al Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental (Uribana). Publíquese. Notifíquese. Cúmplase.
LA JUEZA PRIMERA DE EJECUCION
ABG. RUBIA CASTILLO DE VASQUEZ
LA SECRETARIA,
RCV.-
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