REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 29 de Mayo de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2011-012124
ASUNTO : KP01-P-2011-012124
Visto el oficio Nº sin número, de fecha 20 de julio de 2011 presentado ante este Despacho por la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público , donde notifica que ese Despacho Fiscal en fecha 13 de julio de 2011, decretó el ARCHIVO FISCAL de conformidad con lo previsto en el Artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa Nro. 13F16-760-2006, a favor de RAFAEL LINAREZ PEÑA y JULIO DEL CARMEN PEÑA, donde aparece como víctima un niño de 01 año de edad, cuya identidad se omite en este escrito a tenor del artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control N° 6 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, visto el decreto de archivo de las Actuaciones por parte del Ministerio Publico del Estado Lara, ordena la notificación de las partes y en su oportunidad la remisión de las actuaciones al Archivo Judicial, de conformidad con el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.-
DISPOSITIVA:
Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control N° 6 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, visto el decreto de archivo de las Actuaciones por parte del Ministerio Publico del Estado Lara en la causa Nro. 13F16-760-2006, a favor de RAFAEL LINAREZ PEÑA y JULIO DEL CARMEN PEÑA, donde aparece como víctima un niño de 01 año de edad, cuya identidad se omite en este escrito a tenor del artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente el ciudadano: FRANKLIN CABRERA MOGOLLON, titular de la cédula de identidad nro. 13.509.562, ordena la notificación de las partes y en su oportunidad la remisión de las actuaciones al Archivo Judicial, de conformidad con el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.- Notifíquese.- Regístrese. Publíquese. Cúmplase.
El Juez
El Secretario
Abg. Amelia Jiménez García