República Bolivariana de Venezuela




JUZGADO QUINTO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, 17 de Mayo 2012
Años: 200° y 151°

Asunto Principal: KP01-P-2012-000460
Visto el oficio, presentado ante este Despacho por el Fiscal séptimo del Ministerio Público, representado por el Abogado Francis Johanna Mendoza Camacaro , donde se decretó el ARCHIVO FISCAL de conformidad con lo previsto en el Artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual se apertura por la presunta comisión del delito violencia psicológica y amenaza, previsto y sancionado en articulo 39 y 41 respectivamente de la ley orgánica sobre derecho de la mujer a una vida libre de violencia , este Tribunal de Control N° 5º de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, visto el decreto de archivo de las Actuaciones por parte del Ministerio Publico del Estado Lara, ordena remitir las actuaciones a la Fiscalia Séptima del Ministerio Público en la causa Nº 13F7-VM-1266-09. Notifíquese. Regístrese. Cúmplase.
ABG. OSWALDO JOSE GONZALEZ ARAQUE .
JUEZ QUINTO EN FUNCIONES DE CONTROL La secretaria