ASUNTO: KP02-J-2012-002069
Solicitantes: CELESTINO JOSE CARIPA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-4.727.215.
Asistidos Por: la abogada MERY TORRES RODRIGUEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 147.219.
Beneficiario(S): IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, quince (15) años de edad.
Motivo: ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS.
En fecha (16) de abril del 2012, se recibe la solicitud de declaración de Únicos y Universales Herederos presentado por el ciudadano: CELESTINO JOSE CARIPA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-4.727.215, debidamente asistido por la abogada en ejercicio MERY TORRES RODRIGUEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 147.219, a los fines de solicitar en nombre propio y en beneficio de su hija la declaración de Únicos y Universales Herederos de la De cujus: ROSA MARIA ALVAREZ SANCHEZ, quien era venezolana, mayor de edad, cedula de identidad N° V- 4.384.403, y quien falleció el día (26) de diciembre del 2011, según se evidencia del acta de defunción expedida por la Registradora Civil Principal del Municipio Palavecino del Estado Lara, bajo el Nº 201, del Libro de Registro de Defunciones del año 2011, y quien en vida era madre de la Adolescente: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, quince (15) años de edad, se acompañó la misma con las copias certificadas del acta de defunciones, copia certificada del acta de matrimonio y copia certificada de la partida de nacimiento de la beneficiaria.
En fecha (18) de abril de 2012, se admitió la solicitud, se ordenó oír la opinión de los testigos que presente el solicitante, asimismo se acordó la publicación de un único Cartel, a fin de que cualquier persona interesada se hiciere parte o se opusiere a la solicitud.
En fecha (18) de mayo de 2012, este Tribunal deja constancia que venció el edicto en la presente solicitud.
En fecha (25) de mayo de 2012, se evacuaron las testifícales de los ciudadanos: VICTOR GERARDO MOSQUERA GUTIERREZ Y LISBETH CARMEN PINEDA LINAREZ titulares de las cédulas de identidad Nº V-2.768.523 y V-9.625.939, respectivamente.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con vista de los documentos que constan en autos como son el acta de defunción de la De cujus: ROSA MARIA ALVAREZ SANCHEZ y la copia certificada de la partida de nacimiento de su hija IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, las cuales se aprecian en todo su valor probatorio, conforme a los artículos 1359 y 1360 del Código Civil, y tomando en consideración las declaraciones de los testigos, quienes están contestes en afirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian como idóneos conforme el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
DECISIÓN
En consecuencia concordados los elementos probatorios analizados, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y 177 Parágrafo Segundo, literal “d”, DECLARA al ciudadano: CELESTINO JOSE CARIPA, y a la adolescente: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTESZ, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de quien en vida respondía al nombre de: ROSA MARIA ALVAREZ SANCHEZ.
Hágase entrega de los originales a la parte interesada y déjese constancia en el Libro Diario.
Dada, sellada y firmada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En Barquisimeto, a los treinta (30) días del mes de Mayo de 2012. Años: 202º y 153º
LA JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
ABG. VICTORIA BARRERA TORRES
El Secretario,
Abg. Carlos A. Bullones.
Seguidamente se registro bajo el Nº 1672-2.012, siendo las 9:38 a.m.
El Secretario,
Abg. Carlos A. Bullones.
KP02-J-2012-002069
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30/05/12
IVBT/CAB/Carolina R.
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