REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR.
Puerto Ordaz, treinta y uno de mayo de dos mil doce
202º y 153º
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
DESISTIDO

N° DE ASUNTO: FP11-L-2011-000457.-

PARTE ACTORA: Ciudadano LUIS BARRIOS, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 5.335.932.-

APODERADOS JUDICIALES: Procuradores de Trabajadores YULIMAR CHARAGUA, JETSY ROJAS, CORTEZ GINETT, DURAN LISETT, NERIA MADRID, VALLES MORELBIS, TORRES ELIBETH, KARIMER FUENTES, YURNIS MAITA, BARRIOS HECTOR, REYES RUBEN, RODRIGUEZ MILAGROS, RODRIGUEZ LUCRECIA, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 106.934, 107.658, 101.828, 119.763, 83.095, 93.290, 124.627, 113.973, 113.210, 113.718, 141.984, 80.305 y 130.843, respectivamente.-

PARTE DEMANDADA: ASOCIACION COOPERATIVA DE SERVICIOS INDUSTRIALES DE METAL Y CARBON.


APODERADO JUDICIAL: abogado en ejercicio CARLOS CARRASCO de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 40.061.-

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

Hoy, treinta y uno (31) de mayo de 2012, siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10.30 a.m), día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, según Acta de Sorteo Público N° 082-2012, de esta misma fecha, que se ordena agregar a los autos a los fines legales consiguientes, el tribunal deja constancia que anunciado el acto por intermedio del Alguacil adscrito al Circuito Laboral a las puertas del Juzgado en la hora señalada en al auto de admisión de la demanda, la parte actora ciudadano LUIS BARRIOS, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 5.335.932, no compareció a la instalación de la audiencia ni por si ni por medio de cualesquiera de sus apoderados judiciales constituidos en autos y que hizo acto de presencia a la audiencia el abogado en ejercicio CARLOS CARRASCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 40.061, en su condición de apoderado judicial de la demandada ASOCIACION COOPERATIVA DE SERVICIOS INDUSTRIALES DE METAL Y CARBON, tal como consta de Instrumento Poder Apud Acta conferido por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos en fecha 14-05-2012 .- En merito de lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION CON COMPETENCIA EN EL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.


Procédase al archivo judicial del presente expediente hasta tanto sea enviado a la sede del Archivo Judicial del Extinto Consejo de la Judicatura una vez transcurridos los lapsos recursivos a que hubiere lugar.-


Publíquese, regístrese y déjese copia de esta Decisión en el compilador respectivo.-

DADO, FIRMADO Y SELLADO EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, CON SEDE EN LA CIUDAD DE PUERTO ORDAZ, A LOS TREINTA Y UN (31) DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DOCE.- AÑOS: 202° DE LA INDEPENDENCIA Y 153° DE LA FEDERACIÓN.-

LA JUEZA,


Abg. Juana León Urbano.


LA REPRESENTACION JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA COMPARECIENTE





LA SECRETARIA,


XIOMARA ORTIZ


Seguidamente se cumplió con lo ordenado.-

LA SECRETARIA,


XIOMARA ORTIZ





N° DE ASUNTO: FP11-L-2011-000457.-
31052012