REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO HERES
PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLÍVAR
Ciudad Bolívar, 30 de mayo de 2012
202º y 153º
RESOLUCIÓN N°: PJ0252012000158
ASUNTO: FP02-S-2012-002022
Revisadas como han sido las actuaciones que conforman la presente solicitud de DIVORCIÓ 185-A, presentada por los ciudadanos RAFAEL CELESTINO GÁMEZ ROJAS y YAMELL DEL CARMEN GURMEITE, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad Nº V-11.725.507 y V-12.598.691, respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio JOSÉ MANUEL PÉREZ BASTIDAS, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 132.460, y visto que en fecha 17-05-2012, el tribunal instó a los solicitantes a clarificar lo concerniente a la fecha exacta de la separación de hecho, en un lapso de cinco días de despacho siguientes, solo uno de los intervinientes, RAFAEL CELESTINO GÁMEZ, subsanó lo requerido, imposibilitando a este juzgado cumplir con el contenido de la misma; en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el articulo 10 del Código de Procedimiento Civil, se DESESTIMA la admisión de la solicitud. Déjese copia certificada de la presente resolución para el archivo del tribunal. Se acuerda dar por terminado el presente asunto en el sistema Juris 2000 y el archivo definitivo de la presente causa.-
El Juez,
Abg. Orlando Torres Abache
La Secretaria,
Abg. Inocencia Linero de Cárdenas
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