REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Heres
Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del
Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 11 de mayo de 2012
202º y 153º
RESOLUCIÓN N°: PJ0252012000138
ASUNTO: FP02-S-2012-000770
Revisadas como ha sido las actuaciones insertas en el presente asunto; de las mismas se evidencia que el tribunal instó a la solicitante, ciudadana GIULIETTA ESPERANZA SCHOEBERL ARRIOJA, plenamente identificada en autos, a subsanar o clarificar lo referente al estado civil de la de cujus ESPERANZA DE JESÚS ARRIOJA MEJÍAS y, hasta la presente fecha, la parte interesada no ha dado cumplimiento a lo requerido; imposibilitando a este juzgador a dar continuidad al procedimiento. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el articulo 10 del Código de Procedimiento Civil, este tribunal DESESTIMA la admisión de la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS intentada por la ciudadana GIULIETTA ESPERANZA SCHOEBERL ARRIOJA. Se acuerda dejar copia certificada de la presente resolución para el archivo del tribunal. Dese por terminado y archívese el expediente.-
El Juez,
Abg. Orlando Torres Abache
La Secretaria,
Abg. Inocencia Linero de Cárdenas
|