REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Circunscripción Judicial del Estado Lara
Años 201º y 152º

Nº DE EXPEDIENTE: KP02-L-2010-1773
PARTE DEMANDANTE: CLAUDIO ORLANDO SILVA TERAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.266.561
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: BLANCA PEREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 61.403
PARTE DEMANDADA: COMPAÑÍA ANONIMA MATADERO INDUSTRIAL CENTRO OCCIDENTAL (MINCO)
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ARELYS VARGAS inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 148.918
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.-

Hoy 12 de marzo de 2012, siendo las Diez y Treinta de la mañana (10:.0 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, El Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el Alguacil del Tribunal, ciudadano CESAR ALVARADO; la parte demandada compareció su apoderada judicial abogada ARELYS VARGAS inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 148.918 y por la parte demandante el ciudadano CLAUDIO ORLANDO SILVA TERAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.266.561 no hicieron acto de presencia ni por si ni por apoderado judicial; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.


Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada
La Juez

La Secretaria
El Alguacil Demandada