Visto el escrito de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentado por el ciudadano: JOSE GREGORIO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.878.423, asistido por el abogado OSCAR GIMENEZ MARTINEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo los Nros. 2.378, en el cual solicito ser declarado UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del ciudadano: SERAPIO ANTONIO ROJAS, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.256.447, quien falleció Ab-Intestato, en Barquisimeto, Estado Lara, el día 02 de Julio de 2011, según consta en Acta de Defunción bajo el Nº 416, expedida por ante el Registrador Civil de la Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara. Admitida la solicitud se ordenó las declaraciones de los testigos que presentaran el solicitante y se ordenó librar Edicto.-