REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Barquisimeto, 29 de marzo de 2012
Años: 201° y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2005-013099
Recibido los oficios 069/2010 de fecha 13/02/2012, suscrito por el Abg. Herict Javier García Vargas, en su condición Jefe de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Carlos Arvelo del Estado Carabobo; y 2119-2012, suscrito por el Abg. Darío Segundo Suárez Jiménez, en su condición de Juez Primero en función de Control del Estado Yaracuy; A los fines del pronunciamiento este tribunal observa:
En fecha 28 de septiembre de 2011, este tribunal con fundamento en el artículo 53 del Código Penal y el artículo 479 numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal, otorgó al penado arriba identificado, la Conmutación del Resto de la Pena en Confinamiento, por el lapso de OCHO (08) MESES, VEINTIDOS (22) DÌAS y DIECISEIS (16) HORAS, pena que extingue el 21/06/2012, a las 04.00 P.M.
Ahora bien, visto los oficios 069/2010, de fecha 13/02/2012, suscrito por el Abg. Herict Javier García Vargas, en su condición de Jefe de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Carlos Arvelo del Estado Carabobo, mediante el cual informa que el penado ALBERT HUSNEIBER TOLOZA ROSAL, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.912.758, hasta la fecha 13/02/2012 no se presentó ante la Jefatura Civil del Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo. Y Oficio Nº 2119-2012 de fecha 28/02/2012, suscrito por el Abg. Darío Segundo Suárez Jiménez, en su condición de Juez Primero de Primera Instancia en Función de Control, del Estado Yaracuy, mediante el cual informa que se le decretó Medida Preventiva de Libertad al penado ALBERT HUSNEIBER TOLOZA ROSAL, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.912.758, conforme al articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por el delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS STUPEFACIENTES, ASUNTO Nº UP01-P-2012-000829, así mismo, informa que el penado se encuentra Hospitalizado en el Hospital Central de San Felipe, Estado Yaracuy.
Así las cosas, verificado que el penado no ha dado cumplimiento al Confinamiento otorgado, y por otra parte se vio involucrado en otro hecho punible, en consecuencia, lo procedente es REVOCAR al penado ALBERT HUSNEIBER TOLOZA ROSAL, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.912.758. LA CONMUTACIÓN DEL RESTO DE LA PENA EN CONFINAMIENTO, otorgado en fecha 28 de septiembre de 2011, y ordenar su ingreso al Internado Judicial de Yaracuy, así como actualizar el cómputo. ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo del Código Penal y el artículo 479 numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal, REVOCA al penado ALBERT HUSNEIBER TOLOZA ROSAL, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.912.758, LA CONMUTACIÓN DEL RESTO DE LA PENA EN CONFINAMIENTO, otorgada en fecha 28 de septiembre de 2011. Se ordena su ingreso al Internado Judicial de Yaracuy. Remítase copia certificada de la presente resolución al Internado Judicial de Yaracuy, al Jefe de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Carlos Arvelo del Estado Carabobo y al Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy. Líbrese boleta de encarcelación por la presente causa. Actualícese el cómputo. Notifíquese a las partes. Regístrese. Publíquese. Cúmplase.
LA JUEZA PRIMERA DE EJECUCIÓN
Abg. RUBIA CASTILLO DE VÁSQUEZ
LA SECRETARIA,
RCV.-
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