REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de la
Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, 09 de Marzo de 2012.
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2010-14097
SENTENCIA FUNDADA DE SOBRESEIMIENTO.
(DECRETADO DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 323 Y 48 DEL COPP ).

Vista la solicitud de sobreseimiento presentada por la Representación fiscal de conformidad con el artículo 318 numeral 2º a favor del ciudadano imputado JULIO JOSE BALDOMERO RODRIGUEZ COLMENAREZ; este Tribunal de Control siendo competente para conocer y decidir observa:

IDENTIFICACIÓN DEL IMPUTADO
JULIO JOSE BALDOMERO RODRIGUEZ COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº NO TIENE, natural de Sabaneta de Barina, nacido en fecha 24-12-1974, de 32 años de edad, Grado de instrucción: 1er grado, soltero, de profesión u oficio: ayudante de herrería, hijo de: José Leopoldo Colmenarez y Reina Rodríguez Reyes, residenciado en el Barrio Los Rastrojos, avenida principal con calle el calvario, casa s/nro del Municipio Palavecino. Teléfono: 0416-9254914 (de su abogada quien es vecina)
ANTECEDENTES DEL CASO
En fecha 30/09/2010 es presentado JULIO JOSE BALDOMERO RODRIGUEZ COLMENAREZ, por ante este tribunal por estar presuntamente vinculados a la comisión delito POSESION ILICITA DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley especial.-
En fecha 29/02/2012 es presentada solicitud de sobreseimiento, de conformidad con el numeral 2º del artículo 318 del Código orgánico Procesal Penal.

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
Vista la solicitud y alegatos de la Fiscalía del Ministerio Público y en virtud de la excepción al principio de Irretroactividad de la Ley en Materia penal se toma la normativa vigente y visto el resultados de los exámenes para proceder de conformidad con el Consumo, que luego de la labores de investigación y de la Experticias realizadas, especialmente la Experticia de Toxicológica de donde se evidenció la condición de consumidor del ciudadano JULIO JOSE BALDOMERO RODRIGUEZ COLMENAREZ, considerando que el consumo de droga no constituye un hecho punible de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Droga, con lo cual se configura el supuesto establecido en el numeral 2º del artículo 318, consiste en que el hecho no es típico o concurre una causa de justificación, inculpabilidad o no punibilidad, por el delito de Posesión Ilícita de Droga y observa la procedencia del sobreseimiento de conformidad con lo establecido en los artículos 321, 323 en su la última parte del encabezado que señala: “Cuando estime que para comprobar el motivo, no es necesario el debate, deberá dejar constancia en auto motivado”, es por lo que se prescinde de la audiencia indicada en el referido artículo, del mismo cuerpo normativo y se decide por medio de la presente resolución, y en concordancia con el artículo 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Así se decide._

DISPOSITIVA
En mérito a las razones que anteceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: SOBRESEIMIENTO de la presente causa, de conformidad con el artículos 321 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 318 numeral 2º ejusdem, a favor del ciudadano JULIO JOSE BALDOMERO RODRIGUEZ COLMENAREZ, por los delitos de POSESION ILICITA DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley especial. Regístrese, Notifíquese, Publíquese y Cúmplase. Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control en Barquisimeto a los 09 días del mes de Marzo de 2012.

JUEZ PRIMERA EN FUNCION DE CONTROL,


ABG. MAY LING GIMÉNEZ JIMÉNEZ.
LA SECRETARIA,