ASUNTO: KP02-V-2011-002464
DEMANDANTE: LINO DE JESUS GUEDEZ LOPEZ, venezolano mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.246.005, de este domicilio.
Asistidos por: ORLANDO JOSE TORRES PEREZ, Abogado inscrito en el I.P.S.A bajo No. 1949.-
DEMANDADO: YUNNY ESTELLA CHAVEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 7.378.351.-
BENEFICIARIA: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, de 14 años de edad.-
Motivo: DIVORCIO CONTENCIOSO.- (INADMISIÓN SOBREVENIDA)

Visto que en fecha 03 de agosto de 2011, el tribunal ejerció el despacho saneador, ordenándose al ciudadano LINO DE JESUS GUEDEZ LOPEZ, ya identificado, a los fines de que las partes presenten escrito de corrección de demanda en el cual señale lo referente a la patria potestad, responsabilidad de crianza (custodia), obligación de manutención, régimen de convivencia familiar, en beneficio del adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, concediéndoles un lapso de cinco (05) días de despacho de conformidad con lo establecido en el articulo 457 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Habiéndose vencido el lapso concedido para que cumplieran con lo ordenado, se observa que los solicitantes no han suministrado la información requerida ante este tribunal. En consecuencia se declara la INADMISION SOBREVENIDA, por ser imposible seguir adelante con la presente solicitud sin corrección de la presente demanda en el cual señale lo referente a la patria potestad, responsabilidad de crianza (custodia), obligación de manutención, régimen de convivencia familiar, en beneficio del adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES. Así se decide.
Regístrese y publíquese.
Dada, sellada y firmada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Barquisimeto, a los cinco (05) días del mes de marzo de dos mil doce, 2012. Años: 201º y 153º
La Jueza Segunda de Mediación y Sustanciación

Abg. Rosangela Sorondo Gil

La Secretaria

Abg. Merly Camacaro

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 0611-2012 y se publicó siendo las 11:29 a.m
La Secretaria

RMSG/MC/reina.-