REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara (Carora)
Carora, trece de marzo de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO: KP12-V-2012-000032
Demandante: Mileidys Lilibeth Maramara Nelo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.500.343.
Demandado: Ildemar Rafael López, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.697.794.
MOTIVO: Obligación de Manutención.
El día 30 de enero de 2.012, la ciudadana Mileidys Lilibeth Maramara Nelo, ya identificada, asistida por la Defensora Publico Segunda de Protección abogada, Carmen Isabel Rojas Aponte, solicitó se citara al padre de su hija ciudadano Ildemar Rafael López, ya identificado, a los fines de que el mismo cumpliera con la obligación de manutención, en la cantidad de mil bolívares (1.000,oo. Bs.), mensuales, mas la cantidad de dos mil bolívares (2.000,oo. Bs.) destinados para cubrir los gastos decembrinos. En ese mismo acto consignó como medios probatorios, copia certificada de la partida de nacimiento de su hija, copia fotostática de su cédula de identidad, informe médico suscrito por la Dra. Noris Nefróloga, Epicrisis realizada por el Dr. Roberto González Méndez Neurocirujano del Hospital Universitario de Pediatría D.r Agustín Zubillaga, Informe Médico suscrito por la Dra. Johana Rojas Médico Cirujano, Informe Socioeconómico realizado por la Trabajadora Social General Sectorial de Salud del Estado Lara Dirección Municipal de Salud de Torres.
En fecha 31 de enero de 2.012, se admitió la demanda, ordenándose la notificación del demandado y se ordenó oír la opinión de la niña.
En fecha 07 de febrero de 2.012, se dejó constancia de la no comparecencia de la niña manifestar su opinión.
En fecha 12 de marzo de 2.012, se recibió diligencia presentada por la ciudadana Mileidys Lilibeth Maramara Nelo, anteriormente identificada, debidamente asistida por la Defensora Publico Segunda de Protección abogada, Carmen Isabel Rojas Aponte, mediante la cual desistió de la presente causa, en virtud de que llegó a un acuerdo con el ciudadano Ildemar Rafael López, con relación a la Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar, en beneficio de su hija la niña (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), dicho acuerdo fue suscrito ante la Defensoría Publica, la cual fue consignada para ser homologada.
Esta Juzgadora para decidir observar:
Del derecho aplicable.
De conformidad con la norma del artículo 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, donde se establece la oportunidad, en que la parte actora puede desistir del procedimiento y por cuanto es voluntad de la demandante desistir del procedimiento presentado. Así se decide.
DECISIÒN
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: Desistido y terminado el procedimiento, presentado por la ciudadana Mileidys Lilibeth Maramara Nelo, ya identificada, contra el ciudadano Ildemar Rafael López.
Expídanse copias certificadas por la secretaria de esta sentencia a los interesados y para el archivo. Asimismo, se ordena el archivo del presente asunto y su respectiva remisión al archivo judicial.
Regístrese y publíquese.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 13 de marzo de 2012. Años 201° y 153°.
LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
Abg. LUISA CRISTINA GONZÁLEZ CAMPOS
LA SECRETARIA
Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 131 - 2.012 y se publicó siendo las 10:05 a.m.
LA SECRETARIA
Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA
KP12-V-2012-000032
|