REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

ASUNTO: KP02-L-2008-000081

PARTE ACTORA: CARLOS ALBERTO FALCON COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.020.396.

ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE: JULIO VILLEGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 114.371.

PARTE DEMANDADA: CEMEX C.A.

APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA: AMARILYS URDANETA, Inpreabogado Nro. 119.485.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy 25 de junio de 2012 siendo las ocho y cuarenta y cinco de la mañana (8:45 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el alguacil CESAR ALVARADO, la parte la actora no compareció por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia que por la parte demandada compareció la apoderada judicial abogada AMARILYS URDANETA, Inpreabogado Nro. 119.485. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.

La Juez Temporal


Abg. Rosalux Galíndez Mujica
La Secretaria
Abg. Marlyn Principal



Parte demandada


El Alguacil