REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.


ASUNTO: KP02-L-2010-001014

PARTE ACTORA: ELADIO ANTONIO COLMENARES venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 4.808.233

ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: JUAN CARLOS DÍAS DÁVILA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 102.049 en su condición de Procurador de Trabajadores del Estado Lara

PARTE DEMANDADA: METRO BUS LARA .C.A

ABOGADOS DE LA PARTE DEMANDADA:, MARIA RODRIGUEZ y KARLY GOMEZ inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 90.205 Y 126.089.

MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO

Hoy, 21 de junio de 2012 siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el Alguacil del Tribunal, ciudadano CESAR ALVARADO; la parte demandada compareció, mediante su apoderada judicial abg. MARIA RODRIGUEZ inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 90.205 y por la parte demandante el ciudadano ELADIO ANTONIO COLMENARES venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 4.808.233, no hizo acto de presencia ni por si ni por apoderado judicial; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.


Abg. María Eugenia Hidalgo Torres
Juez


Abg. María Fernanda Chaviel López
La Secretaria

Parte Demandada