REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, uno de junio de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: KP12-M-2012-000003.-

DEMANDANTE: JUAN RAMOS GUEDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 11.269.908, con domicilio en la ciudad de Carora del Municipio Torres.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: FELIPE JOSE LOPEZ MELÉNDEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 79.924, de este domicilio.
DEMANDADA: THANIA MILETZA DUQUE CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 7.401.400, de este domicilio.
MOTIVO: SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA POR COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACION).

Habiéndose cumplido los requisitos de Intimación de la demandada THANIA MILETZA DUQUE CASTILLO, antes identificada, a los fines de que pague las deudas especificadas en el libelo de demanda. Por cuanto se observa que se ha vencido el lapso de oposición o pago, sin que la parte demandada haya cumplido con la misma, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR EL PETITORIO Y PROCEDE A LA EJECUCION DEL DECRETO DE INTIMACION COMO SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, de conformidad con lo establecido en el Articulo 651 del Código de Procedimiento Civil.
Expídase por Secretaria copia certificada de la presente Sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese.

Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora al primer (1º) día del mes de junio del año Dos Mil Once. Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
El Juez Provisorio,

Abg. FRANCISCO ROMÁN ZAMBRANO GÓMEZ.

La Secretaria Temporal,

Abg. BEATRIZ YEPEZ -


En esta misma fecha se registró bajo el Nº 87-2011, se publicó siendo las 10:00 a.m. y se expidió copia certificada para archivo.
La Secretaria Temporal,


Abg. BEATRIZ YEPEZ -