REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

República Bolivariana de Venezuela

Poder Judicial
Circuito Judicial Penal
Circunscripción Judicial del Estado Lara
Juzgado Quinto en Función de Control
Barquisimeto, 12 de Junio de 2012
Años: 201° y 152°


ORDEN DE APREHNSION

ASUNTO KP01-P-2012-008439
Vista la solicitud presentada ante este Juzgado quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, por El Abogado: Pedro Leon daza Fritez actuando con el carácter de Fiscal Auxiliar Noveno de Ministerio Publico de la circunscripción judicial del estado Lara, con fundamento a lo establecido en los articulo 285 numeral 3º de la constitución De la republica Bolivariana de Venezuela 16 numeral 18º y 37º de la Ley orgánica del ministerio publico 108 ordinal 10 y 11 250 ultima aparte del código orgánico procesal penal donde solicita se le expida ORDEN DE APREHENSION JUDICIAL en contra del ciudadano: Vargas Suárez Harlen Alexander Alias “El Castor” titular de la cedula V-17.782.071 quien se encuentran incurso en los Delitos de :HOMICIDIO CALIFICADO previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1º del codigo penal; en perjuicio Rafael Ramón Rodríguez Veliz

Este Tribunal quinto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace el Siguiente Pronunciamiento: En referencia al ciudadano: ENDERSON JOSE CORDERO BRACHO titular de la cedula V-23.904.867 se le atribuye la comisión de los siguientes hechos:
Hechos
En fecha 09 de marzo del 2012, siendo aproximadamente las 01:30 horas de la madrugada encontrándose la victima en el presente asunto Cordero Apóstol Erly Yesenia (occisa) compartiendo con mas amigos en el club doña Maria, ubicado en el barrio el caribe I, deciden retirarse a su residencia para la cual llama a un amigo que le prestara el servicio de taxi, minutos después se hace presente el ciudadano Peña Rafael José, con el fin de realizar el trasporte en su vehiculo marca Ford, Modelo TLD, color Marron , año 1980, placa AU424T abordando todos el identificado transporte para dirigirse al barrio la apostoleña y en lo que se encontraban transitando por la calle principal del barrio la paz sale Vargas Suárez Harlen Alexander Alias “ El Castor “con un arma de fuego intimando al conductor a que detuviera su marcha siendo desatendida tal orden por este, optando el identificado investigado, por dispararle al vehiculo impactado a la hoy occisa de la región temporal izquierda, causándole la muerte de manera inmediata

Este Juzgador considera que el investigado de autos ha sido autor o partícipe de la comisión del hecho punible que le atribuye el Fiscal del Ministerio Público. Y por cuanto se observa igualmente que existe la presunción grave del Peligro de Fuga, por la pena que pudiera llegar a imponerse la cual excede de 10 años en su limite máximo, cumpliendo así con lo establecido en el artículo 251 Parágrafo Primero el cual establece: “Se presume peligro de fuga en casos de hechos punibles con penas privativas de libertad, cuyo término máximo sea igual o superior a 10 años”. Y en aplicación de Principio de Proporcionalidad, del Principio de Motivación, establecido en los artículos 244, 390, 246, 173 del Código Orgánico Procesal Penal.

Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA LA ORDEN DE APREHENSION JUDICIAL en contra del ciudadano: Vargas Suárez Harlen Alexander Alias “El Castor” titular de la cedula V-17.782.071 ,quien se encuentran incurso en los Delitos de HOMICIDIO CALIFICADO previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1º del codigo penal en perjuicio Rafael Ramón Rodríguez Veliz

Así se Declara. Líbrese los correspondientes Oficios. Notifíquese al Fiscal Auxiliar Noveno del Ministerio Público de la circunscripción judicial del estado Lara del Ofíciese a los Organismo de seguridad del estado

ABG Oswaldo José González Araque .

JUEZ QUINTO EN FUNCIONES DE CONTROL



LA SECRETARIA.