REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRES ELOY BLANCO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Sanare, 23 de Julio del 2.012
Años 202° y 153°


PARTES: MARIANA DEL CARMEN GALINDEZ FERNANDEZ contra REINAL ENRIQUE SILVA PEREZ

BENEFICIARIOS: ROXANA ANDREINA y ANTONY JESUS

MOTIVO: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN

Visto el desistimiento de la demanda de OBLIGACIÓN DE MANUTENCION en la presente causa, intentada por la ciudadana: MARIANA DEL CARMEN GALINDEZ FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 15.426.962 en contra del ciudadano: REINAL ENRIQUE SILVA PEREZ; titular de la cédula de identidad Nº 14.809.299 quien manifestó su conformidad con dicho desistimiento, en beneficio de: ROXANA ANDREINA y ANTONY JESUS. Y por cuanto la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles en litigio. En consecuencia, este Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley IMPARTE SU HOMOLOGACION de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, LO HOMOLOGA, dándole el carácter de cosa Juzgada. Se acuerda el archivo judicial de la presente causa. Cúmplase. -

El Juez Provisorio

Abog. Ender Rojas


La Secretaria

Abog. Caribay A. Goyo Lucena

EXP. Nº 434/00