REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRES ELOY BLANCO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Sanare, 16 de Julio del 2012
Años 202° y 153°

P A R T E S: AIDA LINAREZ CONTRA JOSE ALFREDO PEREZ

B E N E F I C I A R I O S: ROSIRIS DEL CARMEN Y ARELIS JOSEFINA PEREZ LINAREZ.

J U I C I O: OBLIGACION DE MANUTENCIÓN.-

M O T I V O: PERENCIÓN DE LA INSTANCIA.-


Revisadas las actuaciones de la presente causa de Obligación de Manutención, y por cuanto se evidencia que las partes no han impulsado el expediente y EL DEMANDADO NUNCA FUE CITADO, comprobándose la extinción de la instancia de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente en su encabezamiento, motivado a la conducta omisiva de las partes interesadas. Este Tribunal del Municipio Andrés Eloy Blanco DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, y ordena el Archivo Judicial del Expediente Nº 627/01. Líbrese el respectivo oficio a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura con atención al Jefe del Archivo Judicial Regional, en su debida oportunidad. Cúmplase.

El Juez Provisorio,


Abog, Ender A. Rojas R.

La Secretaria,


Abog, Caribay A. Goyo
Se cumplió lo ordenado Conste.-