REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 13 de Julio de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2012-000748
ASUNTO : KP01-P-2012-000748



DECISION INTERLOCUTORIA QUE ACUERDA EL ARCHIVO DE ACTUACIONES:

Visto el oficio Nº LAR-01- 348-2012 de fecha 30 de enero de 2012 presentado ante este Despacho por la Fiscalia Primera del Ministerio Público, quien suscribe SE ABOCA AL CONOCIMIENTO DE LA CAUSA, donde notifica que ese Despacho Fiscal en esa misma fecha, decretó el ARCHIVO FISCAL de conformidad con lo previsto en el Artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa Nro. 13-F-01-0734-04, a favor de (personas desconocidas), donde aparece como víctima CARLOS RAFAEL BARRIOS PACHECO, titular de la cédula de identidad nro. 5.245.379, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control N° 6 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, visto el decreto de archivo de las Actuaciones por parte del Ministerio Publico del Estado Lara, ordena la notificación de las partes y en su oportunidad la remisión de las actuaciones al Archivo Judicial, de conformidad con el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.-
DISPOSITIVA:

Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control N° 6 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, visto el decreto de archivo de las Actuaciones por parte del Ministerio Publico del Estado Lara en la causa Nro. 13-F-01-0734-04, a favor de (personas desconocidas), ordena la notificación de las partes y en su oportunidad la remisión de las actuaciones al Archivo Judicial, de conformidad con el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.- Notifíquese.- Regístrese. Publíquese. Cúmplase.





El Juez

El Secretario

Abg. Amelia Jiménez García