REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara

Barquisimeto, dieciséis (16) de julio de dos mil doce
202º y 153º


ASUNTO: KP02-J-2012-003077

SOLICITANTE: KATTY GREGORIA GONZALEZ CRESPO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.546.349.
ASISTIDO POR: La Defensora Pública Primera de Protección Extensión Barquisimeto, abogada BELKIS MARTINEZ PARTIDAS.
BENEFICIARIO: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, de cuatro (04) años de edad.
MOTIVO: JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS.

Vista la solicitud de JUSTIFICATIVO DE TESTIGO, presentada por la ciudadana KATTY GREGORIA GONZALEZ CRESPO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.546.349, en beneficio de IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, de cuatro (04) años de edad; esta Juzgadora en aras de salvaguardar los derechos e intereses del mencionado beneficiario y por cuanto fueron escuchadas las declaraciones de los ciudadanos MARY YANETH LOURIDO OYOLA y TERESA DE LOURDES SANCHEZ DE CORDERO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.990.606 y V-4.738.822 y, respectivamente; en fecha 13 de julio de 2.012, tal como se evidencia en los folios 11 y 12, quienes depusieron y fueron contestes al afirmar que conocen a la solicitante de vista, trato y comunicación sin que medie parentesco alguno; que saben y les consta que el niño nació la ciudadana KATTY GREGORIA GONZALEZ CRESPO se ha hecho cargo de su manutención; que saben y les consta que el domicilio de la solicitante esta en la Urbanización Las Americas 1ra etapa calle 2 Nº 64 Av. Florencio Jiménez Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren estado Lara y que es el mismo domicilio del niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA; y que la solicitante es empleada de la UNEXPO y que con su sueldo y otros beneficios laborales es el responsable de la manutención de su nieto IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, garantizándole el nivel de vida adecuado al que tiene derecho. En este sentido este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dejando a salvo derechos de terceros ACUERDA entregar dicha solicitud al solicitante de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese y publíquese.
Dada, sellada y firmada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Barquisimeto, 16 de julio de 2012. Años: 202º y 153º

La Juez Primera de Mediación y Sustanciación,

Abg. Isabel Victoria Barrera Torres.
El Secretario,

Abg. Carlos Alfredo Bullones
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 2203-2.012 y se publicó siendo las 03:22 p.m.
El Secretario,

Abg. Carlos Alfredo Bullones


IVBT/CAB/Denisse.-
Asunto: KP02-J-2012-002408
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