REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Heres
del Primer Circuito Circunscripción Judicial
del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, treinta de julio de dos mil doce
202º y 153º

RESOLUCION: PJ0252012000242
ASUNTO: FP02-S-2010-003465

Vista diligencia de fecha 24-10-10, inserta al folio 16, suscrita por la abogada NUBIA PALERMO, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 51.255, apoderada judicial de la sucesión del decujus LUIS RAMÓN TANG MÉRIDA, mediante la cual DESISTE del presente procedimiento de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS; este juzgado, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su HOMOLOGACION, teniéndose como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se acuerda la devolución de los originales que acompañan el escrito de solicitud previa certificación en autos. Déjese copia certificada del presente auto y del escrito de desistimiento en el copiador de homologaciones del tribunal; archívese el expediente.-
El Juez,

Abg. ORLANDO TORRES ABACHE
El Secretario Temporal,

JOSE RICARDO VELASQUEZ