REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de febrero de dos mil doce
201º y 152º

ASUNTO : KP02-F-2011-000902

DEMANDANTE: Margelys Yolanda Duran

DEMANDADO: Albert Yoel Chirinos

JUICIO: DIVORCIO CONTENCIOSO


Fijado como ha sido PRIMER ACTO CONCILIATORIO, tal como se acordó en auto de admisión de fecha 01-11-2011; este tribunal observa que la parte demandante no compareció ni por si ni por medio de apoderado, de conformidad con el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil señala: “admitida la demanda de divorcio o de separación de cuerpos, el juez emplazara a ambas partes para un acto conciliatorio en el cual las excitara a reconciliarse, haciéndoles al efecto las reflexiones conducentes. Este acto tendrá lugar pasados que sean cuarenta y cinco días después de la citación del demandado, a la hora que fije el Tribunal. A dicho acto comparecerán las partes personalmente y podrán hacerse acompañar de parientes o amigos, en número no mayor de dos por cada parte. La falta de comparecencia del demandante a este acto será causa de extinción del proceso.” En autos se desprende que el ciudadano Albert Yoel Chirinos Suárez en fecha 08 de Noviembre del 2011; se da por notificado de la presente demanda y en fecha 17/11/2011; el ciudadano alguacil Deibis Suárez consigna boleta de citación de la fiscal de familia. Siendo la fecha para que sea llevado a cabo el primer acto conciliatorio el día 09 de Enero del 2012; día el cual las partes no comparecieron y toda vez que el articulo 758 del Código de Procedimiento Civil indica lo siguiente: “La falta de comparecencia del demandante al acto de contestación de la demanda causara la extinción del proceso y la del demandado se estimara como contradicción de la demanda en todas sus partes.” Es por ello que este Tribunal administrando justicia y en nombre de la republica Bolivariana de Venezuela declara EXTINGUIDO la presente acción de Divorcio Contencioso intentada por la ciudadana margelys Yolanda Duran Moreno contra el ciudadano Albert Yoel Chirinos, en Barquisimeto a los diecisiete días del mes de febrero del ano 2012. años 201 y 152.

La Juez
La Secretaria.,


Abg. Eunice Beatriz Camacho Manzano.
Abg. Bianca Escalona.


EBCM/BE/Lso. La suscrita secretaria del Juzgado primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil ty del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Lara certifica que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original.
LA SECRETARIA