REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES SEXTO DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
200º y 151º
Barquisimeto, 27 de Febrero de 2012

ASUNTO: KP01-P-2008-007541

“CAMBIO DE ARRESTO A PRESENTACIONES ”

Corresponde a este, Juzgado de Primera Instancia en funciones Quinto de Control del Estado Lara, pasar a pronunciarse respecto a solicitud realizada por el defensor JAIME RODRIGUEZ, a favor del acusado ANGEL ALEXANDER ARTEAGA DELGADO, titular de la cédula de identidad Nº 20.350.334, en la cual solicita que se le cambie el arresto domiciliario, por presentaciones ya que el acusado lleva mas de tres años cumpliendo el mismo.

Motivación para decidir:
Ahora bien, este Tribunal al analizar la solicitud planteada y una vez revisado el presente asunto observa quien acá decide que en fecha 12 de Diciembre de 2008, se le reviso la medida privativa de libertad al acusado de marras cambiándosela por arresto domiciliario , llevando efectivamente más de tres años cumpliendo el mismo, es por lo que considera esta juzgadora que esta ajustada a derecho la petición formulada, es por lo que se cambia el arresto domiciliario a la medida cautelar de presentaciones establecida en el articulo 256 Ordinal 9no., del Código Orgánico Procesal Penal, como lo es presentarse ante el Tribunal o ante el Ministerio Público cada vez que sea requerido. Así se decide.
DECISIÓN
Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones Sexto de Juicio, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se pronuncia en los siguientes términos: PRIMERO: Se cambia el arresto domiciliario que venia cumpliendo el acusado ANGEL ALEXANDER ARTEAGA DELGADO, titular de la cédula de identidad Nº 20.350.334, por la establecida en el artículo 256 Ordinal 1ero., del Código Orgánico Procesal Penal, como lo es presentarse ante el Tribunal o ante el Ministerio Público cada vez que sea requerido. SEGUNDO: Líbrese la correspondiente boleta de libertad y oficio a la comandancia.
Publíquese, Regístrese, Notifíquese, Cúmplase.-


JUEZ SEXTO DE JUICIO

MARISOL LÓPEZ GONZÁLEZ

SECRETARIO (A)