REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito DE la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Ciudad Bolívar, veintisiete (27) de febrero de dos mil doce (2012)
201º y 153º
Asunto: FP02-S-2011-004215
Resolución Nº PJ0262012000051

Vista la anterior Solicitud de INSPECCION OCULAR presentada por el ciudadano: OSWALDO MENDEZ VILLALBA abogado en ejercicio inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 75.894, este Tribunal observa que desde la fecha de recibido el escrito respectivo, (13/12/11) hasta la presente fecha, la parte interesada no ha dado el impulso correspondiente para la práctica de la actuación señalada, motivo por el cual este Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Terminado el presente procedimiento de solicitud de INSPECCION OCULAR presentada por el ciudadano OSWALDO MENDEZ VILLALBA. Así se decide. Se ordena devolver la presente solicitud a la parte solicitante constante tres (03) folios útiles.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en los archivos de este Juzgado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de este tribunal, en Ciudad Bolívar, a los veintisiete (27) días del mes de febrero del dos mil doce. (2012). Años: 201° de la Independencia y 153° de la Federación.
El Juez,

Dr. NOEL AGUIRRE ROJAS
La Secretaria,

Abg. Helene Lanz Golding
En el mismo día de hoy, siendo las once de la mañana se publico la anterior sentencia.-
La Secretaria,

Abg. Helene Lanz Golding