REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito del Primer Circuito Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, dieciséis de febrero de dos mil doce
201º y 152º

ASUNTO: FP02-V-2012-000058
Resolución Nº PJ0182012000050

Revisadas como han sido las anteriores actas que conforman la presente causa con motivo del juicio de Partición y Liquidación de Inmueble interpuesto por María Teresa Oquendo Guerra contra Hicham About Ghannam Halabi, de las mismas se observa;

En fecha 09/02/2012 se admitió la demanda emplazando al ciudadano Moisés Bensayan Lopez. De la lectura del libelo se advierte que el ciudadano Moisés Bensayan Lopez antes mencionado no es demandado en el presente juicio por cuanto se observa en el petitorio de la demanda que el demandado es el ciudadano HICHAM ABOUT GHANNAM HALABI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.908.577, de este domicilio.

Ahora bien, a los fines de mantener la equidad, el debido proceso y garantizar la tutela Judicial efectiva por cuanto todo proceso judicial constituye un instrumento fundamental para la realización de la Justicia en un estado social de derecho y de Justicia donde ésta sea expedita sin dilaciones indebidas o reposiciones inútiles, conforme a lo dispuesto en los artículos 206 y 233 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los artículos 257, 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ordena reponer la causa al estado de admitir nuevamente la presente demanda para corregir el error por omisión cometido en el auto de admisión, ello en conformidad con lo establecido en los artículos 206 y 310 del Código de Procedimiento Civil.

Se deja sin efecto todo lo actuado en el presente expediente excluyendo la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.
El Juez Provisorio,

Dr., José Rafael Urbaneja Trujillo. La Secretaria,

Abg. Silvina Coa Martínez.
JRUT/SCM/lismaly