REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN CARORA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de la Circunscripción Judicial del estado Lara (Carora)
Carora, 26 de enero de 2012
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : KJ11-P-2008-000331
ASUNTO: KJ01-P-2008-000331


FUNDAMENTACION DEL DECRETO DE SOBRESEIMIENTO POR CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES DE SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO.-

En fecha 26/01/12 y al momento de verificarse la celebración de la Audiencia de conformidad con el Artículo 45 del COPP, la Juez Profesional se constituyó en el sitio y hora señalados para tales efectos, y luego de haberse, verificado la presencia de las partes, La Juez declara abierta la audiencia, de conformidad con el Artículo 45 del COPP, observa ésta Juzgadora que en el asunto riela Informe de Finalización por parte del delegado de prueba, según oficio Nº 7029-11, Informa Nº 2121-11, de fecha 25-11-11, y procede a pronunciarse sobre el sobreseimiento.

En fecha 08-02-2010, se llevó a cabo la Audiencia Preliminar, seguida al ciudadano FRANCISCO JAVIER CAMPOS MONTERO, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.832.918, en la misma el referido ciudadano admite los hechos y solicita la Suspensión Condicional del Proceso, el Tribunal en su decisión resuelve otorgarle la Suspensión por el Lapso de UN AÑO, imponiéndole como condiciones: Residir en un lugar determinado; prohibición de portar armas, prohibición de o de abusar de bebidas alcohólicas y la Obligación de mantenerse en un Trabajo estable, establecidas en el Artículo 44 ordinales 1º, 8º Y 9º del COPP.

En fecha 25-03-2010, la UTASP, remite oficio Nº 1084, suscrito por Edwin Peña, donde se indica que fue designado T.S.U, Domingo Pérez, como delegado de pruebas del ciudadano FRANCISCO JAVIER CAMPOS MONTERO, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.832.918.

En el asunto corre inserto al folio 122 del asunto una constancia suscrita por la Abg. Lisandro Colmenarez, donde manifiesta que el ciudadano FRANCISCO JAVIER CAMPOS MONTERO, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.832.918, finalizó el lapso de Régimen de Prueba impuesto, el cual comenzó el 22/11/10 y finalizó 25/11/2011.

Asimismo esta Juzgadora procedió a la revisión de la presente causa, constatando que efectivamente el prenombrado ciudadano cumplió con las obligaciones y el plazo de la Suspensión Condicional del Proceso impuestas, observa el Informe Final de Conducta emitido por la autoridad designada para vigilar el cumplimiento de la Medida Alternativa acordada, y por ende se hace procedente decretar a tenor de lo dispuesto en el articulo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo dispuesto en el articulo 48 ordinal 7° ejusdem, el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano FRANCISCO JAVIER CAMPOS MONTERO, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.832.918, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, por haber cumplido con las condiciones y el plazo de la Suspensión Condicional del Proceso, y así se decide.

DISPOSITIVA

Con fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Doce de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano FRANCISCO JAVIER CAMPOS MONTERO, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.832.918, venezolano, mayor de edad, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, decretándose la EXTINCION DE LA ACCION PENAL conforme a lo establecido en el artículo 48 ordinal 7 del Código Orgánico Procesal Penal, por haberse verificado el cumplimiento de las obligaciones y del plazo de Suspensión Condicional del Proceso. Regístrese. Cúmplase.

LA JUEZ DOCE CONTROL,

ABG. MARILUZ CASTEJON PEROZO.

EL SECRETARIO