ASUNTO: FP02-J-20112-000045
RESOLUCION Nº PJ0822011000071

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

Vista la solicitud de homologación del acuerdo de OBLIGACION DE MANUTENCION, de fecha: 20/12/2011, suscrita por los ciudadanos: JOSEL JOSE CASTELLANOS Y CARMEN MARELYS ALAS, identificados en autos, debidamente asistidos por la Abogada Anargenis Campos, Fiscal (a) del Ministerio Publico, este Juzgado de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen los artículos 267 del Código Civil, con el articulo 518 de la LOPNNA, en concordancia con el artículo 375 ejusden, en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.

La Juez (1º) de Mediación


Abg. Ligia Elizabeth Moreno Rivero
El (a) Secretario (a)

En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.

El (a) Secretario (a)