REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL MILITAR NOVENO DE CONTROL CON SEDE EN PUNTO FIJO

Por cuanto el imputado ALISTADO ALBERTO NICOMEDES SANTOS, titular de la cédula de identidad Nro. V-24.704.579, a quien se le sigue proceso Penal Militar por la presunta comisión del Delito Militar de del USO INDEBIDO DE INSIGNIAS MILITARES, previsto y sancionado en el artículo 566 del Código Orgánico de Justicia Militar, Investigación Penal Militar seguida por ante la Fiscalia Militar Vigésima Tercera de Punto Fijo y por cuanto este Tribunal Militar Noveno de Control de Punto Fijo, ACORDÓ: MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS, debiendo cumplir con la siguiente obligación: Deberá presentarse cada treinta (30) días por ante el Tribunal Militar Tercero de Control de Caracas, Distrito Capital, si este fuere feriado sábado o domingo, el día hábil siguiente, con el objeto de firmar el libro de presentaciones que al efecto se lleve en el mismo, hasta que este Órgano Jurisdiccional decida otra cosa; y en virtud a que el imputado es plaza del Destacamento de Apoyo Nº 1 de la Comandancia General de la Guardia Nacional Bolivariana; ubicada en el paraíso Caracas, Distrito Capital; se EXHORTA amplia y suficientemente para que reciba las presentaciones y haga cumplir con la obligaciones impuestas al referido imputado y en caso de incumplimiento de las mismas agradezco participar a la brevedad posible a este despacho; a si se ordena. Dado sellado y firmado y refrendado, en la sala de audiencias de este Tribunal Militar Noveno de Control de Punto Fijo Estado Falcón, en la propia fecha ut-supra señalada.



EL JUEZ MILITAR, EL SECRETARIO,


EFREN NOGUERA SECO JOSE B. CASTILLO PERAZA
CAPITAN DE FRAGATA SGTO MAYOR DE 2DA.