MOTIVO: COBRO DE HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
En fecha 30-11-2012, compareció la parte actora y desistió tanto de la acción como del procedimiento. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su homologación al mismo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se da por terminado el presente asunto y se acuerda remitir el expediente al archivo judicial.-