REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 21 de diciembre de 2012
202º y 153º
ASUNTO KP01-P- 2012-024535
“ PRORROGA”
Corresponde a este, Tribunal de Primera Instancia en funciones Séptimo de Control de la circunscripción Judicial del Estado Lara, pasar a pronunciarse, en cuanto a la solicitud de PRORROGA, que invoca el Fiscal del Misterio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, exponiendo en su escrito de solicitud que de conformidad a lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal solicita PRORROGA para presentar el correspondiente Acto conclusivo, donde aparecen como imputado el ciudadano JOSE EDUARDO MARTINEZ PEREZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 22.190.664.
MOTIVACIÓN PARA DECIDIR
Este Tribunal al analizar la solicitud incoada por el Fiscal del Misterio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en el presente Asunto, se observa que en fecha 01 de Diciembre de 2012, se celebro la Audiencia Especial de Presentación a los Imputados de marras, donde se le Decretó Medida Privativa de Libertad por estar llenos los extremos de los artículo 250, 251, y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Y siendo el caso que la petición formulada esta dentro del lapso legal establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, considera quien aquí decide que la misma esta ajustada a derecho.
DECISIÓN
Este Tribunal de Primera Instancia en funciones Séptimo de Control en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos: PRIMERO: Se ACUERDA LA PRORROGA, que incoara el Fiscal 27 del Misterio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por el lapso de (15) días siendo que la misma vence el 15 de Enero de 2013.
Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
JUEZ DE CONTROL Nº 07
ABG. MARISOL LÓPEZ GONZÁLEZ